Así:
Lo diremos cuanto antes: esto no es serio.
El Reglamento del I Congreso -que, como vimos, regula mucho más que el Congreso- nunca debió aprobarse en estas condiciones.
Pongamos un ejemplo.
Consideremos dos propuestas sobre un par de párrafos del Reglamento, correspondientes al Capítulo I.- Convocatoria, proceso pre-congresual y elección de delegados, Art.9.
Las llamaremos Propuesta 1 y Propuesta 2.
Propuesta 1:
"En la página web de cada Comité Electoral Provincial o Agrupación Territorial se habilitará un espacio en el que se publiciten los candidatos a delegados, que lo podrán hacer de forma individual o de manera agrupada. En todo caso estos espacios deberán configurarse siguiendo las directrices unitarias que especifique el Consejo de Dirección",
Propuesta 2:
"En la página web de cada Comité Electoral Provincial o Agrupación Territorial se habilitará, al menos con siete días de antelación a la fecha señalada para la elección, un espacio del que dispondrán los candidatos a delegados para difundir sus propuestas. En todo caso estos espacios deberán configurarse siguiendo las directrices unitarias que especifique la Comisión Electoral y en ellos se incluirá la imagen del candidato y un espacio para que exponga su biografía o historial político y sus opiniones sobre temas relevantes para UPyD. Asimismo, la configuración del espacio será interactiva, de manera que permita la comunicación efectiva bidireccional entre los candidatos y los restantes afiliados."
Analicemos las dos propuestas: ¿qué las diferencia?
Tres aspectos, fundamentales:
- La Propuesta 2 asegura un mínimo de contenidos y de antelación en la habilitación del espacio web
- La Propuesta 2 garantiza que el espacio web sea interactivo (y no una página estática donde los afiliados no puedan interrogar y ser contestados por los candidatos)
- El órgano que establece las directrices unitarias para la configuración del espacio web es el Consejo de Dirección (Propuesta 1), la Comisión Electoral (Propuesta 2)
Por otra parte, la segunda propuesta es también preferible a la primera por lo que respecta a los mínimos y funcionalidad garantizados.
Pues bien, el Consejo Político, en su reunión de 28 de marzo, decidió rechazar la Propuesta 2 -era una de las diecinueve enmiendas presentadas por María Cruz Boscá- y conservar los párrafos 6 y 7 del Capítulo I, Art.9 en su redacción original (lo denominado aquí Propuesta 1).
¿Cómo es posible que la enmienda no saliera adelante? ¿Por qué la propuesta menos democrática se impone sobre la que salvaguarda con mayor efectividad los derechos de los candidatos y electores?
Una de las claves, sin duda, está en que la votación fue a mano alzada. Votar la enmienda suponía desmarcarse públicamente de la Dirección, que ya la había descalificado.
Si la votación hubiera sido secreta, dudo mucho que una propuesta tan sensata y de mínimos no hubiera prosperado. Porque ¿hay alguien que pueda defender, más allá de su interés en bendecir todo lo que decida el Consejo de Dirección, las ventajas del texto original?
Agradecería mucho ese debate.
3 comentarios:
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Pues fueron bastantes (demasiados), los que la han defendido: todos los que levantaron la tarjetita verde. Y claro que fué con miras "más allá" de bendecir al CD; fué tras una "profunda" reflexión de "me conviene o no me conviene".
Yo no conozco personalmente a muchos de los miembros del CP, pero si los poco que conozco fueran representativos, puedo decir que el 50% están ahí POR LA CARA, y nunca mejor dicho: por la cara tan dura que tienen.
Me quito el sombrero ante los que no usaron la tarjetita verde, porque son los únicos que podemos confirmar que no están "abducidos" por los "totem" de UPyD. El resto tendrá que demostrarlo en estos días. Y algunos ya han empezado...
Buenas tardes, Yosoy.
Yo también carezco de datos suficientes para juzgar, uno por uno, a los miembros del CP que rechazaron enmiendas tan razonables como la comentada. Menos aún para dar por supuesto que lo hicieron por razones deshonestas.
Cuando gente razonable no vota algo razonable, trato de encontrar una causa. Como es claro que el sistema de votación restringe la libertad de elección, parece sensato considerar que ese sistema es una de las claves (ciertamente, no única).
Saludos cordiales.
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